Artículo 3. Solicitud del Certificado CE de tipo.

3.1 La solicitud del Certificado CE de tipo se dirigirá a la Dirección General de Telecomunicaciones y se presentará en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Deberá realizarse en el modelo normalizado recogido en el anexo II, e incluirá, de acuerdo con los requisitos generales establecidos en el artículo 70.4 de dicha Ley, los siguientes datos y documentos:

a) Objeto de la solicitud.
b) Nombre y dirección del solicitante.
c) Identificación del equipo, indicando nombre y dirección del fabricante, descripción, marca y modelo o tipo del equipo.
d) Lugar, fecha y firma del solicitante.
e) La documentación técnica que se describe más adelante.
f) Declaración del solicitante especificando que no se ha presentado solicitud alguna ante otro organismo notificado de un Estado miembro de la Unión Europea para la obtención de un certificado CE de tipo para este aparato.
g) Justificante original del pago de la tasa por prestación de servicio de expedición de certificado (concepto A), según lo establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, y el artículo 5.º del Real Decreto 1017/1989, de 28 de julio, que regula las tasas y cánones establecidos por la citada Ley 31/1987.
 

3.2 La documentación técnica contendrá, al menos:
a) Una memoria técnica, redactada en castellano, por duplicado ejemplar, firmada por un técnico titulado competente, que incluya:
Las características técnicas del aparato declaradas por el fabricante.
La descripción general del aparato que permita identificar el producto, incluyendo fotografías suficientes en color, en las que se identifique claramente, y tanto interna como externamente, la marca, modelo o tipo.
Los planos de diseño y de fabricación, así como listas de competentes, subconjuntos, circuitos y demás elementos del aparato.
Las descripciones y explicaciones necesarias para la comprensión de los mencionados planos y el funcionamiento del aparato, con indicación expresa de las medidas adoptadas para el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo.
Un listado de las partes más significativas de la documentación técnica, que incluya, al menos, todas las funcionalidades del aparato que se requiere certificar.
b) Información destinada al usuario o manual de instrucciones propuesto, en castellano.
El organismo notificado podrá autorizar que determinadas partes de la documentación técnica se presenten redactadas en otros idiomas distintos al castellano, cuando estime que son comprensibles por el personal encargado de su tramitación.
 

3.3 Si la solicitud del Certificado CE de tipo forma parte de la solicitud del certificado de aceptación, podrá presentarse una solicitud común de ambos certificados. En el supuesto de que se otorgue un certificado único, se pagará una sola tasa conforme a lo establecido en el epígrafe g) del apartado 3.1.