Artículo 18. Responsabilidades.
Los responsables de la comercialización de los aparatos, objeto del presente
Real Decreto, en el mercado español, deberán estar en condiciones de
proporcionar a la autoridad competente tanto la declaración CE de conformidad,
como el expediente técnico de construcción.
En todo caso, la persona que comercialice en el mercado español los aparatos
objeto del presente Real Decreto, será responsable solidario, en su caso, con el
fabricante o su representante legal establecido en la Unión Europea, del
contenido de la declaración CE de conformidad, y de la fijación del marcado CE
de conformidad.