Artículo 18. Responsabilidades.

Los responsables de la comercialización de los aparatos, objeto del presente Real Decreto, en el mercado español, deberán estar en condiciones de proporcionar a la autoridad competente tanto la declaración CE de conformidad, como el expediente técnico de construcción.

En todo caso, la persona que comercialice en el mercado español los aparatos objeto del presente Real Decreto, será responsable solidario, en su caso, con el fabricante o su representante legal establecido en la Unión Europea, del contenido de la declaración CE de conformidad, y de la fijación del marcado CE de conformidad.