DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
A partir del 1 de enero de 1996 quedarán derogados los anexos II (para los
aparatos industriales y científicos), III, IV, V, y VI del Reglamento sobre
perturbaciones radioeléctricas e interferencias aprobado mediante Real Decreto
138/1989, de 27 de enero.